Las 5 claves de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados

04/04/2023
César Aliaga, Responsable de la Unidad de Envases y Economía Circular de ITENE

El mundo del envase y el embalaje está viviendo tiempos de cambios a nivel normativo. El pasado mes de abril el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular y a finales de diciembre el Real Decreto de Envases y Residuos de Envase.

Ambos documentos legislativos suponen para el sector que fabrica o utiliza envases de diversos materiales nuevos modelos de gestión de los residuos y de los materiales a utilizar.

Analizamos en este artículo lo que implica para la industria del packaging la alineación a la normativa europea sobre economía circular, qué implica para las empresas adoptar acciones y asumir los cambios necesarios para la mejora de su sostenibilidad y la reducción del impacto medioambiental.

Sigue leyendo este artículo en el que explicaremos:

1. Ley de Residuos y Suelos Contaminados: Objetivos  

2. Nuevos impuestos

3. Gestión de residuos

4. Límites a los plásticos de un solo uso

5. Responsabilidad ampliada del productor

1. Ley de Residuos y Suelos Contaminados: Objetivos  

La Ley de Residuos y Suelos Contaminados tiene por objetivo principal mejorar la gestión de los residuos generados en España y minimizar su impacto sobre el medio ambiente, siempre en línea con la jerarquía de desechos.

Se trata de una iniciativa que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico las principales directivas de la Unión Europea (UE) aprobadas en 2018 y 2019 en el marco del «Paquete europeo de economía circular». Fundamentalmente, aplica la Directiva (UE) 2018/851; la Directiva (UE) 2019/904, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente; y la llamada Directiva sobre plásticos de un solo uso (conocida con el acrónimo SUP), en virtud de la cual se contempla un Título específico, sobre reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.

2. Nuevos impuestos

Esta norma regula desde un punto de vista integral la gestión de residuos con el fin de cumplir los requisitos que ha fijado la UE para los horizontes 2025, 2030 y 2035. De este modo, se incluyen los siguientes impuestos:

Un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

Se ha de pagar 0,45 euros por kilogramo de envase no reciclado. El llamado “impuesto al plástico”, que entró en vigor en enero de 2023, es una tasa indirecta que recae sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de los envases que, conteniendo plástico, son no reutilizables o aquellos productos semielaborados destinados a ser envase (como preformas o láminas). Quedan fuera de este impuesto los envases de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales o preparados para lactantes de uso hospitalario. Puedes conocer más sobre este impuesto en este artículo.

Leyd e residuos impuesto al plástico

Un impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Esta tasa recae en quien entregue residuos para eliminación en vertedero o en instalaciones de incineración o coincineración, con algunas excepciones. La base imponible se establece por el peso de los residuos.

clasificación de residuos en planta de tratamiento
Envases plasticos

3. Gestión de residuos

El texto también regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura y, si se depositan en vertedero, deberán haber sido sometidos a un tratamiento previo. Asimismo, se establece un plazo de tres años para que los municipios establezcan una tasa específica que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, trasporte y tratamiento de los residuos.

Por otra parte, la Ley de Residuos y Suelos Contaminados marca un calendario para reducir el peso de los residuos producidos: un 13 % para 2025 y en un 15 % para 2030, respecto a los generados en 2010.

Esta ley también estipula la implantación de nuevas recogidas separadas de residuos para biorresiduos domésticos: antes del 30 de junio del pasado 2022 para las entidades locales con más de 5.000 habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto de los municipios.

Asimismo, establece la recogida de residuos textiles, de aceites de cocina usados, de residuos domésticos peligrosos y de residuos voluminosos antes del 31 de diciembre de 2024.

4. Límites a los plásticos de un solo uso

La nueva ley pone límites a los plásticos de un solo uso. Más concretamente, los recipientes para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes para alimentos de consumo inmediato tendrán reducciones de su uso del 50% en peso en 2026, con respecto a 2022; y en 2030, del 70 % en peso, con respecto a 2022.

Para poder llevar a cabo estos objetivos, la Ley de Residuos establece que «todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico«. Adicionalmente, a partir del 1 de enero de 2023 se deberá cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico mencionados anteriormente, siendo diferenciados en el tique de venta.

Queda prohibida la fabricación e introducción en el mercado de ciertos productos de plástico como bastoncillos de algodón, pajitas (con ciertas excepciones), cubiertos, platos, agitadores de bebidas, palitos destinados a sujetar globos, recipientes para alimentos y bebidas de poliestireno expandido, todos los productos de plástico oxodegradable y las microesferas de plástico de menos de 5 mm.

Envases plásticos

Además, se incluye una medida adicional para impulsar la sustitución de bandejas, artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico usados por el sector alimentario, por alternativas reutilizables y otros materiales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón.

La ley establece, además, que para «reducir el consumo de envases de un solo uso», las administraciones públicas «fomentarán el consumo de agua potable en sus dependencias y espacios públicos mediante el uso de fuentes». Y, por otro lado, determina que en «los establecimientos del sector de la hostelería y restauración» siempre se deberá ofrecer a los consumidores «la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita».

5. Responsabilidad ampliada del productor

Una de las grandes novedades de la ley es el régimen jurídico de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor (RAP), que se alinea con la normativa europea y contempla nuevas herramientas como la aplicación de criterios de ecomodulación para determinar el importe de las cantidades que deben abonar los productores para financiar los sistemas colectivos y su régimen económico-financiero.

En este contexto, la Unión Europea traslada a los productores de producto la obligación legal de financiar el tratamiento de los desechos. La nueva ley española incluye que los productores podrán ser obligados a cumplir una serie de medidas con el fin de promover la prevención y mejora de la reutilización, el reciclado y la valoración de residuos para avanzar de este modo hacia una economía circular:

  • Diseñar productos teniendo en cuenta el impacto ambiental de los objetos, tanto en su fabricación como en su uso posterior.
  • Desarrollar, producir, etiquetar y comercializar productos aptos para usos múltiples, duraderos técnicamente y que, tras haberse convertido en residuos, sea fácil y clara su separación y puedan ser preparados para su reutilización o reciclado de una forma adecuada y sin riesgos, conforme a una valorización y eliminación compatible con el medio ambiente.
  • Aceptar la devolución de productos reutilizables tras el uso del producto. Para ello, se establecerán sistemas de depósito que garanticen la devolución de las cantidades depositadas, el retorno del producto para su reutilización o del residuo para tratamiento.
  • Responsabilizarse total o parcialmente de la organización de la gestión de los residuos y utilizar materiales procedentes de residuos en la fabricación de productos.
  • Proporcionar información sobre la puesta en el mercado de productos que con el uso se convierten en residuos y sobre la gestión de estos, así como realizar análisis económicos o auditorías.

Además, se incorporan nuevas medidas:

  • Creación en el Registro de Productores de Productos de una sección para cada flujo de residuos sometidos a RAP.
  • Se establecen las garantías financieras que serán exigibles.
  • Se estipula la designación de un representante autorizado por los productores establecidos en terceros países y que comercialicen en España productos sometidos a RAP.
  • La consideración como productores de las plataformas de comercio electrónico en determinados supuestos, para asegurar que las ventas online cumplen las obligaciones de RAP.
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      César Aliaga
      César Aliaga

      Responsable de la Unidad de Envases y Economía Circular de ITENE

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