Aprobado el Real Decreto de Envases y Residuos de Envase

04/01/2023
César Aliaga, Responsable de la Unidad de Envases y Economía Circular de ITENE

Implicaciones para las empresas del Real Decreto de Envases y aspectos clave

El Consejos de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), aprobó el pasado 27 de diciembre de 2022 el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases. Entre las principales novedades se incluyen medidas orientadas a la prevención de residuos, el fomento de la venta a granel de alimentos, el aumento de envases reutilizables y la promoción del reciclado y marcado de productos. Además, se desarrolla el régimen de responsabilidad ampliada del productor para que los productores afectados asuman el coste total de la gestión de estos residuos.

Quédate leyendo este artículo en el que te avanzamos las principales novedades. Hablaremos de las implicaciones para las empresas del Real Decreto de Envases: 

1. Los 5 ejes del Real Decreto de Envases y Residuos de Envase

2. Venta a granel de frutas y verduras

3. Responsabilidad Ampliada del Productor

4. Envases reutilizables, principales medidas

5. Obligaciones de marcado y etiquetado

1. Los 5 ejes del Real Decreto de Envases y Residuos de Envase

Como ya avanzamos en este artículo sobre el RD de Envases, éste se sustenta en 5 ejes de actuación: prevención, reutilización, reciclabilidad, compostabilidad e introducción de contenido reciclado en los envases. Para alcanzar estos hitos se establecen objetivos concretos a alcanzar entre 2025 y 2030.

De este modo, en cuanto a la prevención de residuos, en el texto final se incluyen unos objetivos nacionales de carácter orientador, que no son aplicables de forma sectorial ni a un tipo específico de producto envasado.

A modo de ejemplo, en lo que respecta a la reducción de residuos de envase,  el real decreto -que transpone y aplica la Directiva de la Unión Europea sobre envases de plástico de un solo uso (la conocida como Directiva SUP)- establece objetivos cuantitativos que coinciden con los establecidos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular y se marca un objetivo para 2030 de reducción del  20% para las botellas de plástico de un solo uso respecto a los niveles de 2022.

Implicaciones para las empresas del Real Decreto de Envases

2. Venta a granel de frutas y verduras

El Real Decreto de Envases y Residuos de Envases establece que las frutas y verduras que se vendan en las tiendas se deberán vender enteras. Además, los establecimientos de comercio minorista cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.

¿Qué frutas y verduras estarán exentas de la venta a granel según el Real Decreto de Envases?

Real Decreto de Envases y Residuos de Envases

Esta obligación no se aplicará a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o más, ni a las frutas y hortalizas que se envasen bajo una variedad protegida o registrada o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica. Tampoco aplicará la obligación de la venta a granel a las frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel.

Para determinar cuáles entran dentro de esta categoría, una futura orden lo determinará en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto de Envases. Esta orden estará a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Una vez publicada esta lista, los comercios dispondrán de un plazo de seis meses para adaptar la venta de las frutas y hortalizas que no entren en estos supuestos, esto es, que se deban vender a granel.

3. Responsabilidad ampliada del productor

En cuanto a la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) las obligaciones aplican a todos los envases y residuos de envases puestos en el mercado, ya sean comerciales o industriales, de forma que los productores afectados deben asumir el coste total de la gestión de estos residuos.

Real Decreto de Envases y Residuos de Envases
Real Decreto de Envases y Residuos de Envases

Así, para incrementar la transparencia en la información de envases y residuos de envases, se crea el Registro de Productores de Producto, en el que deberán estar inscritos todos los que introducen envases en el mercado para una vez al año remitir la información sobre la puesta en el mercado de envases, la gestión de sus residuos así como la gestión financiera de los sistemas.

El Real Decreto de Envases y Residuos de Envases también requiere ciertas adaptaciones por parte de los Sistemas Colectivos de la RAP (SCRAP) de envases domésticos constituidos hasta la fecha. De este modo, la contribución deberá estar modulada para cada tipología de envases similares, teniendo en cuenta la naturaleza y cantidad de material utilizado en su fabricación, su durabilidad, que se puedan reparar, reutilizar y reciclar, su superfluidad, la cantidad de los materiales reciclados que contengan, la presencia de sustancias peligrosas u otros factores que afecten a su reutilización, al reciclado de los residuos o a la incorporación de material reciclado. Además, habrá una bonificación o una penalización, dependiendo de si el producto cumple o no criterios de eficiencia.

Estos SCRAP financiarán los costes de gestión de los envases recogidos separadamente, los costes derivados de los residuos de envases recuperados de la fracción resto, de la fracción inorgánica de los sistemas húmedo-seco (cuando no aplique la excepción prevista en la Ley de Residuos) y de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.

4. Envases reutilizables, principales medidas

La venta a granel de frutas y verduras permite el uso por parte del consumidor de sus propios envases reutilizables. Este será responsable de su acondicionamiento y limpieza, aunque los comercios podrán rechazar su uso si están manifiestamente sucios o no son adecuados, quedando exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria.

Además, el Real Decreto de Envases fija que los envases reutilizables estarán sometidos a un sistema de depósito, devolución y retorno al objeto de garantizar la recuperación de dichos envases, salvo ciertas particularidades cuando se cede el derecho de uso, como viene haciéndose ya en la práctica para muchos envases reutilizables.

5. Obligaciones de marcado y etiquetado

El real decreto dispone obligaciones de marcado en relación al contenedor en que deben depositarse los residuos de envases, que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2025.

No se define qué simbología se deberá emplear, por lo que queda al criterio del productor. Lo que sí que queda prohibido es el marcado de envases con las palabras «respetuoso con el medio ambiente» o cualquier otra expresión equivalente, con el fin de facilitar al consumidor la separación de los residuos en origen y evitar mensajes confusos que puedan conllevar conductas indeseadas como es el abandono de residuos en el medioambiente.

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    César Aliaga
    César Aliaga

    Responsable de la Unidad de Envases y Economía Circular de ITENE

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